La obligación de resultado en cirugías veterinarias

¿Existe la obligación de resultado en cirugía veterinaria?

Podemos decir que existen dos tipos de cirugías en función del objetivo de las mismas, y esto plantea un debate legal en el que, de nuevo, los veterinarios nos vemos inmersos de forma cada vez más habitual.

Debemos dejar claro antes de comenzar a explicar este artículo, que el veterinario tiene una obligación de medios, pero no de resultados, al menos, habitualmente.

Existen procedimientos quirúrgicos mediante los cuales el veterinario clínico busca curar una patología existente en el animal, sin diferenciar si dicho procedimiento es requerido o no con urgencia.
Es decir, nos encontramos ante una cirugía cuyo objetivo es tratar una patología o enfermedad existente en el animal y sin la cual, el estado de salud del animal se agravaría o incluso podría fallecer.
Por el contrario, existen procedimientos quirúrgicos mediante los cuales el facultativo busca incrementar la calidad de vida del animal, sin que éste padezca ningún tipo de enfermedad o patología previa, es decir, son cirugías que buscan mejorar la calidad de vida en un ámbito concreto de un animal sano, son las llamadas cirugías satisfactivas.
Para entender mejor este concepto de cirugía satisfactiva, pongamos como ejemplo la cirugía estética que se realiza en medicina humana. En este tipo de cirugías, no se persigue solucionar o tratar una patología o enfermedad, sino mejorar en algún aspecto, la calidad de vida del paciente.
Es este mismo objetivo el que se persigue en procedimientos quirúrgicos como el procedimiento de ovariohisterectomía en perras y gatas, cuyo estado sanitario es bueno pero se realiza una castración quirúrgica para evitar o reducir el índice de aparición de diferentes patologías que se presentan o que se pueden presentar en el sistema reproductor de la hembra canina o felina o en relación a dicho sistema.
Desde el punto de vista de la Veterinaria Legal, debemos recordar que existe una obligación de medios en cualquier procedimiento quirúrgico, es decir, se deben garantizar unos medios mínimos para que se pueda llevar a cabo el acto quirúrgico, no sólo se trata de medios materiales como equipos de anestesia, reanimación, capnógrafos, electrocardiógrafo, entre otros, sino también un adecuado proceso de información que se acredite con el documento de consentimiento informado, un adecuado proceso de anamnesis y evaluación prequirúrgica que se recoja en la historia clínica, etcétera. En situaciones de procedimientos quirúrgicos de índole satisfactiva, esto plantea una serie de exigencias de mayor calibre cara al facultativo que realiza dichos procedimientos, cabe recordar que cualquier procedimiento quirúrgico exige la necesidad de un protocolo administrativo-legal mediante el cuál se debe informar de forma adecuada al propietario del animal de compañía del procedimiento que se va a realizar, explicando los riesgos inherentes al procedimiento, posibles complicaciones y alternativas terapéuticas para que pueda decidir si permite o no la realización del acto quirúrgico. Asimismo, se deben realizar una serie de exámenes preanestésicos o prequirúrgicos, se deben garantizar una serie de medios intraoperatorios como ya hemos comentado y se debe garantizar un adecuado protocolo postanestésico hasta proceder al alta quirúrgica, como indican asociaciones internacionales de prestigio como la American Society of Anesthesiologists.
En los procedimientos quirúrgicos cuyo objetivo no sea tratar una patología previa sino mejorar algún aspecto de la vida del animal de compañía, todos estos extremos deben realizarse con mayor rigor y con la exigencia propia de la profesión veterinaria, para que el propietario pueda decidir de forma libre y adecuada si someter a su animal al acto quirúrgico, no teniendo necesidad de ello. La carencia de la suficiente diligencia tanto en el proceso de información, como en las fases pre, intra y postquirúrgicas de cualquier procedimiento quirúrgico puede ser calificado de negligencia veterinaria, pudiendo ser exigida la responsabilidad profesional al veterinario. Esta situación se agrava en caso de tratarse de cirugías satisfactivas.
Por otro lado, el facultativo que, recordemos, siempre debe buscar la excelencia de la profesión veterinaria, debe seguir estos extremos con la máxima rigurosidad y exigencia para minimizar las posibles complicaciones o resultados negativos que puedan presentarse.
Para concluir, quiero dejaros aquí una frase que resume todo este artículo, en referencia a cualquier procedimiento quirúrgico, teniendo en cuenta que si dicho procedimiento es de carácter satisfactivo, se amplifica enormemente el concepto de responsabilidad profesional:
«Si el veterinario nada informa, el propietario, nada asume.»

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